Las empresas podrán hacer controles a sus conductores
La reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada el pasado 9 de diciembre incluye algunas novedades, entre las que se incluyen algunas relacionadas con el transporte por carretera.
Así, la nueva ley recoge una de las reivindicaciones históricas de las organizaciones del sector: la posibilidad de poder consultar la situación administrativa de los permisos de conducir de sus conductores asalariados, en lo que se refiere tanto a la pérdida de puntos o a la suspensión o pérdida del carné sea cual sea el motivo.
Para ello, la DGT deberá poner en marcha antes de marzo de 2023 un sistema de consulta online para que las empresas y autónomos dedicados al transporte de personas o de mercancías puedan conocer si un conductor que trabaja para ellos, está habilitado para conducir, sin necesidad de obtener su consentimiento para obtener dicha información.
Del mismo modo, la Ley también recoge una medida de mayor complejidad en cuanto a su aplicación práctica, como la posibilidad de que las empresas transportistas puedan llevar a cabo controles iniciales, periódicas, o aleatorio sobre el consumo de alcohol o determinadas drogas así como otras sustancias psicoactivas o medicamentos durante el ejercicio de su actividad profesional.

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