Así deberán circular las furgonetas durante el estado de alarma
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una serie de normas sobre furgonetas, furgones y derivados de turismo que se aplicarán durante el estado de alarma.
Así, se considera que viajar en este tipo de vehículos puede entenderse como “transporte privado complementario de mercancías”, por lo que se permitirá que vayan dos personas en la cabina del vehículo.
Esto se debe a la Orden del 20 de marzo, donde se establece que “en los transportes de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar”. Asimismo, añade en su punto 2, que “en todo caso tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19”.
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