Si estás acogido al gasóleo profesional debes comunicar tus kilómetros y actualizar tu vehículo
Los transportistas acogidos al gasóleo profesional están obligados a comunicar sus kilómetros y actualizar los vehículos en el censo de beneficiarios.
Recordemos que el importe que se devuelve en concepto de gasóleo profesional al sector del transporte por carretera se calcula por la diferencia respecto del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular, siendo beneficiarios del gasóleo profesional los titulares de camiones de más de 7,5 toneladas de MMA, autobuses y taxis, en relación a los consumos que lleven a cabo a través de tarjetas de carburante para gasóleo profesional bien en estaciones de servicio o en sus propias bases a través de una unidad de suministro propio debidamente legalizada.
En esa línea, como novedad este año, a ese importe calculado de la diferencia impositiva por el gasóleo profesional hay que añadir la nueva bonificación a los combustibles para el sector del transporte, por lo que el importe total a devolver será de 24,9 céntimos por litro repostado hasta el 31 de marzo, que se reducirá hasta los 14,9 céntimos desde abril hasta el 30 de junio. Por ello, FENADISMER insiste en la necesidad de que los transportistas tengan actualizado el censo de sus vehículos de transporte con derecho a devolución, para evitar perder parte de la ayuda procedente de la bonificación.

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