El Supremo considera injustificable la obligación a los camiones de circular por la AP-68
El Tribunal Supremo considera que no se justifica prohibir a los camiones de cuatro ejes o más circular por la N-232 y N-124 de la Comunidad Autónoma de La Rioja y obligarles a hacerlo por la autopista de peaje AP-68.
Así, se da la razón al Grupo Logístico Arnedo S.L., que recurrió el establecimiento de esta restricción al considerar que dicha medida carece de cobertura legal al no haberse acreditado en el expediente administrativo la congestión del tráfico, la contaminación acústica y la siniestralidad alegadas para poner en marcha tal prohibición.
En ese sentido, el TS aclara que las restricciones a la circulación de camiones sólo se justifican en “ocasiones puntuales” tales como fines de semana, vacaciones, etc. De igual manera, el Supremo establece que cualquier otra restricción “deberá estar justificada en los pertinentes estudios que acrediten que las medidas acordadas son las más adecuadas al fin buscado”.
Por su parte, la CETM celebra la publicación de esta sentencia que refrenda su punto de vista de que la imposición de circular de forma obligatoria por una autopista de peaje es una injusticia.

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