El pasaporte sanitario no será necesario para el transporte en Italia
El certificado oficial, acreditativo de la situación sanitaria de su titular a efectos de la Covid-19, se ha plasmado en el Reglamento europeo 2021/953 el pasado 15 de junio.
De este modo se establece el marco regulatorio armonizado en todos los Estados miembros para la expedición, verificación y acreditación de certificados Covid-19 interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación con el fin de facilitar la libre circulación en todo el territorio de la Unión durante la pandemia.
Ante tal medida, las asociaciones de transporte han mostrado su preocupación de que la exigente de este pasaporte sanitario pudiera suponer un obstáculo para el desarrollo del transporte por carretera. Se debe tener en cuenta que el nivel de vacunación completo en la Unión Europea apenas alcanza el 30 % del total de la población, y que el colectivo de transportistas no ha sido incluido entre los grupos de vacunación preferente hasta ahora, pese el carácter esencial de su actividad.
No obstante, ha sido Italia quien, sensible a las necesidades del transporte por carretera y con el objetivo de facilitar su actividad, ha acordado exceptuar de tal obligación a los transportistas extranjeros que accedan a su territorio, exigiendo únicamente la cumplimentación de una Declaración de Desplazamiento, tanto de modo online como en papel.

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