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Segundo pesaje en Madrid por la dudosa fiabilidad de las básculas móviles Segundo pesaje en Madrid por la dudosa fiabilidad de las básculas móviles

Segundo pesaje en Madrid por la dudosa fiabilidad de las básculas móviles

Legislación Escrito por  Jueves, 28 Febrero 2013 17:26 tamaño de la fuente disminuir el tamaño de la fuente aumentar tamaño de la fuente 0
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Después de que los transportistas se hayan quejado reiteradamente, sin resultado hasta ahora, de la poca credibilidad que tenían algunos pesajes efectuado con las básculas móviles, son ahora las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en carretera las que reconocen que algo falla.

Y ha sido nada más y nada menos que en el Plan de inspección de transporte por carretera para 2013 redactado por el Ministerio de Fomento. En las páginas 17 y 18 de este documento se recogen estos dos párrafos, que transcribimos literalmente:

“…al igual que el pasado año, se ha pedido por las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en carretera un aumento en el número de básculas móviles y fijas, así como de otros medios para optimizar las actuaciones en esta materia.

Así mismo, se solicitan obras de rebaje en el asfalto para situar las planchas de las básculas móviles con mayor facilidad y obtener por una parte un rendimiento óptimo de las mismas y por otra una mayor seguridad ante posibles desniveles que no garantizarían la labor de pesaje. Tal circunstancia se trasladara a las autoridades competentes en materia de carreteras tanto a nivel estatal como de comunidad autónoma.”

 

Primeras consecuencias: segundo pesaje en Madrid

Con este documento en la mano, Fenadismer se presentó el pasado 18 de febrero en la reunión del Comité de Madrileño de Transporte por Carretera y consiguió que la Dirección General de Transportes de esta comunidad introdujera el siguiente párrafo en su plan de inspección para este año:

“De forma excepcional, cuando en carretera se haya detectado que un vehículo circula con exceso de peso, y siempre que concurran determinadas circunstancias que lo aconsejen, se trasladará, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 33 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, a una instalación fija de pesaje donde se procederá a un nuevo pesaje.”

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Pedro García

Periodista especializado en el sector de transporte de mercancías por carretera desde el año 1998.

Redactor de la Revista del Transporte Truck

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