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a) deficiencias técnicas leves que no tienen un efecto significativo en la seguridad del

vehículo ni impacto en el medio ambiente, y otros incumplimientos leves;

b)

deficiencias graves que pueden perjudicar la seguridad del vehículo o tener un im-

pacto en el medio ambiente o poner en peligro a otros usuarios de la carretera, así

como otros incumplimientos más importantes;

c)

deficiencias peligrosas que crean un riesgo inmediato y directo para la seguridad

vial o que tienen un impacto en el medio ambiente.

El nivel de las infracciones de las disposiciones de las directivas sobre inspección téc-

nica reflejará la clasificación de las deficiencias contenidas en el anexo II de la Directiva

2014/47/UE, concretamente: IG = deficiencias graves, IMG = deficiencias peligrosas,

LIMG = conducción con deficiencias, que crea un riesgo inmediato para la seguridad

vial. Las deficiencias leves equivaldrían al nivel de infracciones leves.

6.Grupos de infracciones de la Directiva 92/6/CEE del Consejo

(8)

(Dispositivos de limita-

ción de velocidad)

N.o

BASE

JURÍDICA

TIPO DE INFRACCIÓN

NIVEL DE

GRAVEDAD

LIMG IMG IG

1.

Artículos

2 y 3 Dispositivo de limitación de velocidad no instalado

ü

2.

Artículo

5

Dispositivo de limitación de velocidad no conforme

a las prescripciones técnicas aplicables

ü

3.

Artículo

5

Dispositivo de limitación de velocidad no instalado

por un taller autorizado

ü

4.

Utilización de un dispositivo fraudulento capaz de

falsificar los datos del dispositivo de limitación de

velocidad o utilización de un dispositivo de limita-

ción de velocidad fraudulento

ü

7. Grupos de infracciones de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Con-

sejo

(9)

(Cualificación inicial y formación continua de conductores)

N.o

BASE

JURÍDICA

TIPO DE INFRACCIÓN

NIVEL DE

GRAVEDAD

LIMG IMG IG

Formación y licencias

1.

Artículo 3 Transporte de mercancías o pasajeros sin la cualifi-

cación inicial y/o la formación continua obligatorias

ü

2. Artículo 10

y anexo II

El conductor no puede presentar la tarjeta de cualifica-

ción válida o el permiso de conducción con la marca, de

acuerdo con la legislación nacional (por ejemplo, docu-

mento extraviado, olvidado, deteriorado o ilegible)

ü

8. Grupos de infracciones de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo

y del Consejo

(10)

(Requisitos del permiso de conducción)

N.o

BASE JURÍDICA

TIPO DE INFRACCIÓN

NIVEL DE

GRAVEDAD

LIMG IMG IG

1.

Artículos 1 y 4

de la Directiva

2006/126/CE

Transporte de pasajeros o mercancías

sin estar en posesión de un permiso de

conducción válido

ü

2.

Artículo 1

y anexo I

Utilización de un permiso de conduc-

ción dañado o ilegible o que no se

ajusta al modelo común

ü

9. Grupos de infracciones de la Directiva 2008/68/CE del Parlamento Europeo

y del Consejo

(11)

(Transporte de mercancías peligrosas por carretera).

Con la colaboración de:

CLASIFICACIÓN DE INFRACCIONES GRAVES