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El transporte se queda fuera en las ayudas por la Covid-19

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El transporte de mercancías se ha quedado fuera de las ayudas aprobadas por el Gobierno (7.000 millones) para ayudar a los diferentes sectores económicos a hacer frente a la pandemia.

Así, según el Decreto-Ley de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, publicado el 13 de marzo en el Boletín Oficial del Estado , se podrán acoger a estas ayudas autónomos o pymes cuyo volumen de operaciones anual en 2020 declarado en Impuesto sobre el Valor Añadido haya caído más de un 30 % con respecto a 2019. Sin embargo, sólo estarán disponibles si se pertenece a alguno de los sectores definidos en el Anexo I del citado Decreto-Ley, donde figuran los transportistas de viajeros en autobús, taxis, arrendamiento con conductor (VTC) y las actividades anexas al transporte terrestre (almacenistas, agencias intermediarias y operadores logísticos, entre otros.

En esta línea, el importe de las ayudas dependerá del régimen de tributación del solicitante y del número de trabajadores con los que cuente, de la siguiente manera:

  • Cuando se trate de autónomos que tributen en el régimen de módulos, la ayuda será de 3.000 euros.
  • En el caso de los trabajadores autónomos y pymes que tributen en estimación directa y que cuenten con un máximo de 10 empleados, la ayuda máxima será de hasta el 40 % de la caída sufrida en 2020 adicional al 30 % mínimo exigido para poder acceder, debiendo ser como mínimo el importe de dicha ayuda de 4.000 euros y nunca superior a 200.000 euros.
  • En lo referente a autónomos y pymes que tengan más de 10 trabajadores, la ayuda máxima será el 20 % del importe de la caída en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, con los mismo límites citados anteriormente.

Con todo, las ayudas tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre que éstos se hayan originado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

Finalmente, señalar que para acceder a estas ayudas, los solicitantes deberán comprometerse a mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022 y no se podrán llevar a cabo repartos de dividendos durante 2021 y 2022.


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