CAP 2.0: menos huella dactilar, más pantalla
El Gobierno modifica el RD 284/2021 para meter el aula virtual en la cualificación inicial CAP y quitarse de encima el control biométrico. El RD 487/2026 entra en vigor el 18 de septiembre.
El Ministerio de Transportes ha movido ficha en uno de los tostones normativos que más quebraderos de cabeza da a los centros de formación: el sistema CAP. El Real Decreto 487/2026, publicado en el BOE el 18 de junio, reforma el RD 284/2021 que regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores profesionales. Y trae tres cambios que sí importan en el día a día de las autoescuelas y centros de formación.
El aula virtual entra por la puerta grande
Hasta ahora, la formación online solo se permitía como parche de urgencia durante la pandemia. Se acabó la excepcionalidad: las empresas CAP podrán impartir hasta 166 horas de la cualificación inicial ordinaria —y 92 en la acelerada— a través de aula virtual, siempre que haya conexión síncrona real entre profesor y alumnos, con cámara obligatoria encendida durante toda la clase.
Eso sí, la norma traza una línea roja clara: las clases prácticas y los exámenes nunca podrán impartirse en remoto. El equilibrio entre digitalización y presencialidad que exige la Directiva europea 2022/2561 se mantiene, aunque se abre bastante la mano en la parte teórica.
Se acaba el control biométrico obligatorio
El otro cambio gordo: desaparece la exigencia de sistemas biométricos para controlar la asistencia a los cursos CAP. La Agencia Española de Protección de Datos fijó criterios más restrictivos sobre el uso de esta tecnología, así que el Gobierno opta por la vía menos invasiva: hojas de firmas u otros mecanismos que cumplan con los principios de minimización de datos del RGPD. Queda derogada, de hecho, la resolución de 2020 que regulaba esos sistemas biométricos.
Más blindaje contra el fraude en los exámenes
También se endurece la vigilancia en las pruebas CAP: quien sea sorprendido usando dispositivos de intercomunicación u otros medios no autorizados durante el examen podrá ser expulsado en el acto, y se quedará sin derecho a presentarse a ninguna convocatoria durante un año.
Otros retoques que trae el decreto
- Se actualiza la numeración del anexo I para cuadrar con la estructura de la Directiva (UE) 2022/2561.
- El certificado de aptitud profesional (CAP) deja de tener una redacción ambigua sobre su vigencia: queda claro que no caduca por plazo fijo, sino que se mantiene mientras el titular curse la formación continua correspondiente.
- Se amplían las exenciones del ámbito de aplicación, incluyendo de forma más precisa a vehículos de emergencias, transporte humanitario sin ánimo de lucro y determinados supuestos agrícolas y de venta ambulante.
- Los centros de formación que impartan aula virtual deberán guardar los registros de conexión durante dos años y dar acceso en tiempo real a los servicios de inspección.
Cuándo entra en vigor
El RD 487/2026 entrará en vigor el 18 de septiembre de 2026, tres meses después de su publicación. Los cursos ya iniciados o convocados antes de esa fecha seguirán rigiéndose por la normativa anterior.
Camión Actualidad
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