Huella de carbono obligatoria: lo que toda empresa debe saber tras el Real Decreto 214/2025
Desde el 12 de junio de 2025 está en vigor el Real Decreto 214/2025, que regula la creación del registro de huella de carbono, así como los planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Esta norma supone un cambio importante para las empresas obligadas a presentar información no financiera, muchas de ellas dentro del ámbito del transporte, la movilidad y la automoción.
¿A quién afecta esta nueva obligación?
El decreto establece que deberán calcular su huella de carbono y elaborar un plan de reducción todas aquellas empresas que:
- Tengan más de 500 empleados
- O que durante dos ejercicios consecutivos superen:
- Una media de 250 empleados
- Una facturación anual superior a 40 millones de euros
- O más de 20 millones de euros en activos
Este umbral abarca a buena parte del tejido empresarial del sector logístico, de flotas y fabricantes.
¿Qué deben publicar las empresas en su web?
Las compañías afectadas deberán publicar gratuitamente y de forma accesible en su página web:
- El cálculo actualizado de su huella de carbono
- Un plan de reducción de emisiones con un objetivo cuantificado a cinco años vista como mínimo
- Las medidas concretas para alcanzar esa meta
Esta información puede incluirse dentro del informe de sostenibilidad, cumpliendo así con la obligación de transparencia.
¿Qué no es obligatorio?
A partir de 2026, no será obligatorio que las empresas se inscriban anualmente en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción. Sin embargo, aunque esta inscripción será voluntaria, puede resultar estratégica para muchas organizaciones del sector, ya que:
- Mejora la puntuación en licitaciones públicas
- Permite obtener el sello oficial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), un distintivo con peso reputacional

Camión Actualidad
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