Los camiones siguen exentos de las restricciones al tráfico
Determinados vehículos y servicios fundamentales para combatir la pandemia de coronavirus quedan excluidos de la reciente modificación al Real Decreto del pasado 14 de marzo prohibiendo la circulación en determinadas carreteras.
Esta modificación publicada en el BOE de hoy señala como exentos a los vehículos de auxilio en carretera, los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras, los vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario, los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos, los vehículos destinados a la distribución de alimentos, el transporte de materiales fundentes o los vehículos destinados a transporte de combustibles, los vehículos de transporte de ganado vivo, y aquellos destinados a transporte de mercancías perecederas.
En cuanto a las restricciones específicas del transporte quedan suspendidas mientras dure el Estado de Alarma y las sucesivas prórrogas las que afectan por fechas a los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilogramos de MMA , las de los festivos y fines de semana para los vehículos que transportan mercancías peligrosas (ADR), aquellas que por fechas o festivos y fines de semana impidan circular a los vehículos y transportes especiales y todas las restricciones a la circulación de vehículos de transporte en Cataluña y en el País Vasco.

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