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Entran en vigor los nuevos tiempos de conducción y descanso

Legislación Escrito por  Martes, 01 Septiembre 2020 02:01 tamaño de la fuente disminuir el tamaño de la fuente aumentar tamaño de la fuente 0
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Tras esperar tres años y llevar a cabo numerosas rectificaciones, finalmente se ha aprobado el Paquete de Movilidad que modifica sustancialmente las normas comunes en toda Europa en lo que se refiere a materias como el desplazamiento de conductores, Reglamento de Acceso al mercado y el Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso.

En el caso de esto último, se registran las siguientes novedades:

  • Pausa de 45 minutos con el vehículo en marcha: Queda clarificado que la exigencia de que el conductor lleve a cabo una pausa de 45 minutos cada 4,5 horas podrá hacerse a bordo del camión en marcha en caso de conducción con doble tripulación, siempre que el conductor que hace la pausa no se dedique a asistir al que conduce.
  • Descansos semanales más flexibles en transporte internacional: el conductor podrá realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos únicamente si son tomados fuera de su país de establecimiento, y siempre que tras cuatro semanas seguidas se lleven al menos cuatro periodos de descanso semanales, dos de ellos normales de al menos 45 horas.
  • Prohibidos los descansos semanales en cabina: establece la no realización del descanso semanal a bordo del vehículo, siempre que se trate de un descanso semanal normal (superior a 45 horas), teniendo como novedad que el empresario deberá garantizar que el conductor lleve a cabo el descanso fuera del camión en un alojamiento adecuado.
  • Ampliación de uno o dos horas el límite máximo de conducción diaria o semanal: con el fin de que los conductores puedan pasar más tiempo en su hogar, se podrá superar el tiempo máximos de conducción por día (9 ó 10 horas) y semanal (56 horas) en un máximo de una hora para llegar al centro de trabajo del empresario o al de residencia del conductor.
  • Regreso al lugar de trabajo o residencia cada 3 ó 4 semanas: la empresa organizará el trabajo de sus empleados para que durante cada periodo de cuatro semanas consecutivas puedan regresar al centro de trabajo o residencia, para disfrutar al menos de un periodo de descanso semanal normal o de un periodo de descanso semanal de más de 45 horas tomado en compensación por un periodo de descanso semanal reducido.


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