Guía práctica del transporte 2026

32 POR LO LEGAL CARGA Y DESCARGA En diciembre de 2022, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) alcanzaron un acuerdo que introdujo una de las medidas más relevantes de los últimos años: la prohibición de que el conductor participe en las operaciones de carga y descarga de la mercancía. Para hacerlo posible fue necesaria la modificación de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. Aunque la prohibición tiene carácter general, se mantienen excepciones para sectores como las mudanzas, las cisternas, las grúas, los portavehículos y la paquetería. En estos supuestos, el precio de la carga y descarga debe figurar desglosado en la factura, como concepto independiente del coste del transporte. Desde Astic, la Asociación de Transporte Internacional, se subraya el valor de esta medida después de años de negociación. Su vicepresidente ejecutivo, Ramón Valdivia, recuerda que “no era aceptable que, tras conducir nueve horas, los conductores debieran descargar 26 toneladas de mercancía. Es una cuestión de seguridad y, además, no forma parte de sus responsabilidades”. La asociación destaca que Portugal ya había implantado esta prohibición en septiembre del mismo año. Proceso de prohibición de carga y descarga n La norma general establece que los conductores no pueden intervenir en operaciones de carga y descarga ni manipular soportes como palés, cajas o jaulas. Las excepciones se aplican únicamente a mudanzas, cisternas, grúas, portavehículos, paquetería y actividades similares, en cuyo caso el coste de la carga y descarga debe aparecer desglosado en la factura. La modificación del artículo 22 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías también redujo el tiempo legal de espera: de dos horas a una. Superado ese plazo, la empresa transportista puede solicitar indemnización al cargador.

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