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Desvío obligatorio a camiones hacia la AP-68 Desvío obligatorio a camiones hacia la AP-68 Camión Actualidad

Triquiñuela de la DGT ante la sentencia que anula los desvíos obligatorios a camiones en la AP-68

Legislación Escrito por  Martes, 01 Septiembre 2020 09:14 tamaño de la fuente disminuir el tamaño de la fuente aumentar tamaño de la fuente 0
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El pasado mes de diciembre de 2017 entró en vigor la Resolución de la DGT de 24 de noviembre de 207 donde se establecía en las restricciones anuales a la circulación de camiones la prohibición de circulación en la N-232 y N-124 y su desvío obligatorio a la autopista de peaje AP-68.

Frente a ello, FENADISMER y las restantes asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) recurrieron esta Resolución, que fue decretada el pasado mes de septiembre como nula “al carecer de cobertura legal” y “no constar los índices de siniestralidad o los de congestión” que motiven la Resolución aprobada en su día por la DGT.

No obstante, y pese a que la sentencia ha devenido firme al no haberse recurrido en casación por el Estado, la intención del Gobierno ha sido mantener dicha prohibición de circulación de los vehículos pesados por la N-232 y su consiguiente desvío obligatorio a la autopista de peaje.

Por ese motivo, la DGT ha procedido “a su manera” a ejecutar la sentencia del Alto Tribunal. Así, mediante la Resolución de 17 de agosto de 2020, la DGT ejecuta la referida sentencia revocando y anulando la Resolución anual de restricciones en 2017, aunque ésta ya estuviera formalmente derogada en su día al ser sustituida por la Resolución de restricciones anuales del año siguiente. Esta “triquiñuela legal” supone en la práctica dejar sin efecto la sentencia, manteniendo vigente el desvío a la AP-68, al venir recogido en la Resolución anual de restricciones a camiones para este 2020.


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