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Obligatorio registrar los cruces de frontera desde el 2 de febrero

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Entre las normas incluidas en el Paquete Europeo de Movilidad se encuentra la obligación del conductor de introducir el símbolo del país en el que entre después de cruzar una frontera de un Estado miembro al principio de la primera parada del conductor en ese Estado miembro.

Dicha primera parada se llevará a cabo en un lugar de parada lo más cercano posible a la frontera o una vez cruzada la frontera. Cuando el cruce de la frontera de un Estado miembro se lleve a cabo a bordo de un transbordador o tren, el conductor introducirá el símbolo del país en el puerto o la estación de llegada.

Esta obligación se mantendrá en vigor hasta la entrada de los nuevos tacógrafos inteligentes, previsto en principio para el año 2026, donde el registro de los pasos de frontera se hará automáticamente.

¿Cómo registrar los cruces de frontera en el tacógrafo?

Al no haber una opción específica para este tipo de registro, los más razonable es hacer uso de la opción que tiene el tacógrafo para el registro del país de inicio de la jornada. De este modo, hasta no tener una Resolución aclaratoria al respecto por parte de las autoridades europeas, lo más recomendable es registrar cada cruce de frontera a través de la opción de país de comienzo.


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